Por dejarse llevar por la «fiebre del oro», y actuar fuera de la ley, más de 60 personas han sido procesadas en la provincia de Ciego de Ávila, desde febrero hasta la fecha, como parte de las acciones de enfrentamiento para combatir la extracción ilegal de oro en la zona de El Pilar, en el municipio de Baraguá.
El especialista en Derecho Penal Humberto González Figueroa, presidente del Tribunal Provincial Popular de Ciego de Ávila, dijo a Granma que, de ese total, el Tribunal Municipal de Baraguá ha recibido en su sede 16 asuntos vinculados a la minería ilegal, entre ellos una denuncia por desobediencia, y tienen en trámite un proceso por el delito de cohecho, que prevé una pena de hasta ocho años de privación de libertad, según lo previsto en el apartado cinco del artículo 194 del vigente Código Penal.
Argumentó que, de los juicios por el delito de contaminación de suelos, se han celebrado cinco, en los que se ha sancionado a seis personas, tres a privación efectiva de libertad, dos a trabajo correccional con internamiento, como alternativa a la privación de libertad, mientras que a un joven de 18 años de edad y de normal conducta, se le alternó la pena de privación de libertad por trabajo correccional sin internamiento. Por el delito de desobediencia, se sancionó a diez meses de trabajo correccional, sin internamiento, a otro individuo.
Los nueve juicios pendientes de juzgar por el referido Tribunal Municipal Popular, por el delito de contaminación de suelos, están señalados para su celebración entre septiembre y octubre. Los acusados se encuentran asegurados con la medida cautelar de prisión provisional y prohibición migratoria de salida del territorio nacional, salvo dos con fianza en efectivo.
Los primeros reportes en un medio de prensa sobre la extracción furtiva del oro en Ciego de Ávila fueron públicos a finales de diciembre de 2021, cuando una nota de la Agencia Cubana de Noticias dio cuenta del accionar de las fuerzas del orden y de organismos responsabilizados con el uso y explotación de suelos y minerales, contra 300 personas dedicadas a la extracción ilegal del preciado metal.
En esas acciones fueron aplicadas 90 multas por violaciones legales, se ocuparon 50 sacos con 47,4 kilogramos de piedra mineral, dos bicicletas, un vehículo de tracción animal (con un caballo incluido) y herramientas empleadas para la excavación y detección de metales. También se aplicaron medidas profilácticas a 70 personas procedentes de Las Tunas y Camagüey.
El marco penal para este tipo de delito es de uno a tres años de privación de libertad, según los artículos 251, 252 y 253 del Código Penal, vigente desde el 29 de noviembre del año 2022, muestra de la política penal que se sigue por atentar contra los recursos naturales de la nación, de los que el Estado cubano es propietario.
La Ley 76 de Minas, promulgada en enero de 1995, en su artículo cuatro define que «al Estado le corresponde el dominio inalienable e imprescriptible del subsuelo, las minas y todos los recursos minerales, dondequiera que estos se encuentren, dentro de las regulaciones constitucionales». (Ortelio González Martínez)