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Radicación de consulta popular ante el Senado destacó en Colombia

La radicación en el Senado del cuestionario de la consulta popular que promueve el Gobierno, cuyo objetivo es promover cambios trascendentales en el ámbito laboral, sobresalió en la semana que culmina hoy en Colombia.

El presidente Gustavo Petro acudió en persona al ente legislativo para presentar el contenido de la boleta que contiene 12 preguntas a las que la ciudadanía, de ser autorizada la realización del ejercicio de participación ciudadana, debe contestar con un sí o un no.

Estuvo acompañado el mandatario por una delegación integrada por miembros de su gabinete, legisladores de la bancada del Pacto Histórico y con la urna donde se resguarda la espada del Libertador Simón Bolívar que cargaron integrantes de la guardia presidencial.

Tras arribar al Salón de la Constitución, el gobernante jefe de Estado entregó al secretario del Senado, Diego González, el contenido de la boleta diseñada para proceso del sufragio, que ahora se analizará en esa instancia.

Comentó a continuación que el Congreso está ahora convocado por la historia, “no por Petro, ni por el progresismo, sino por el pueblo que es su comandante”, según manifestó.

Solicitó entonces permitir que la ciudadanía se exprese y votar a favor de la consulta por el bien de Colombia.

La Plenaria del Senado cuenta con un mes a partir de la fecha de radicación para pronunciarse sobre la consulta popular.

De ser aprobada por esa instancia, o en el caso de no emitir criterio en ese lapso, el mandatario puede convocar a elecciones en un periodo de tres meses, según reza la Constitución. Para que el ejercicio sea válido, tiene que acudir a las urnas al menos un tercio del padrón electoral, lo que en Colombia serían alrededor de 13 millones 500 mil personas.

El cuestionario diseñado para el ejercicio participativo contiene una docena de preguntas sobre el ámbito laboral.

La primera de ellas inquiere acerca de si está de acuerdo con que el trabajo de día dure máximo ocho horas y no se extienda más allá de las 18 horas, en tanto la segunda cuestiona sobre la pertinencia de pagar un recargo del 100 por ciento por la labor desempeñada en una jornada de descanso, dominical o festiva.

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