Los querellantes
Para los fiscales, los imputados “tras haber asumido voluntariamente ese rol y ocupando materialmente esas funciones; infringieron los deberes que cada uno tenía a su cargo –al tiempo que también conocían que sus consortes hacían lo propio– colocando o colaborando a colocar un cúmulo de factores y circunstancias notoriamente burdas, incrementando todos los antes nombrados el riesgo por fuera del margen permitido ocasionando el fatal desenlace del paciente que, de lo contrario, hubiese podido evitarse.
Así, habiéndose representado el resultado fatal ante el grave cuadro de salud que evidenciaba la víctima, ejecutaron acciones contrarias al arte de la salud y omitieron realizar los actos específicos que cada uno debía desarrollar en torno a su función, agravando el cuadro de salud de Diego Armando Maradona, colocándolo en una situación de desamparo y abandonándolo a su suerte, ya que provocaron el deceso de Maradona el día 25 de noviembre de 2020 a las 12.30″.
Para Ferrari, Iribarren y Capra, Cosachov y Luque no aseguraron que se contaran con los elementos necesarios que la internación requería, imposibilitando dar una respuesta mínima e inmediata de los médicos que el día del deceso concurrieron al lugar y omitieron asistir adecuadamente a Maradona.
Para los fiscales, los imputados impidieron que Maradona recibiera la debida atención médica que hubiese evitado el deceso, particularmente la referida al campo cardiológico; ello con la representación de que la muerte era un resultado esperable.
Para los acusadores públicos, Luque “violó las reglas del buen arte de curar y con pleno conocimiento de la sintomatología presentada por el paciente, evitó asistir y propiciar la debida atención médica”.
Sobre Cosachov, explicaron: “En pleno conocimiento de la patología cardíaca que afectaba a la víctima, no adoptó los recaudos adecuados a su lex artis al tiempo de realizar las debidas visitas que el cuadro del paciente exigía, sin imponer límites al doliente, no aseguró la correcta administración de la medicación y psicotrópicos que había indicado”.
Respecto del psicólogo Díaz dijeron que “omitió disponer su internación en un centro de rehabilitación adecuado conforme estipula y lo facultaban leyes vigentes. Además, paulatinamente, se involucró en el ámbito de actuación profesional de la psiquiatra Cosachov intercediendo en la toma de decisiones ajenas a su incumbencia profesional, extendiéndose en las relaciones con el entorno familiar”.
Al analizar el accionar de Di Spagna señalaron que, “en su carácter de médico clínico designado para el seguimiento del tratamiento del paciente mientras se materializaba su internación domiciliaria, omitió cumplir con los deberes a su cargo, ya que se abstuvo –al igual que el resto de los intervinientes– de controlar regularmente el estado de salud del paciente”.
En cuanto a Forlini sostuvieron que “omitió cumplir con los deberes a su cargo, entre los que se encontraba, de conformidad al cuadro del paciente, dotar al lugar, del personal de enfermería especializada en salud mental, acompañamiento terapéutico, nutricionista, y de la aparatología adecuada para RCP avanzada, estudios de laboratorio y electrocardiograma -entre otros- nada de lo cual propició”.
Sobre Perroni, afirmaron que “en pleno conocimiento de la prestación del servicio médico, en especial del manejo de los enfermeros para con el paciente, completó las planillas de las correspondientes atenciones, omitiendo plasmar sus asientos de forma completa y adecuada, consignando deliberadamente información que no se condecía con el real estado y atención médica que Maradona recibía”.
Respecto de los enfermeros Almirón y Madrid, indicaron: “En clara inobservancia de los deberes a su cargo, consistentes –entre otros– en la evaluación constante del paciente; el cumplimiento del tratamiento médico prescripto y en el seguimiento de su evolución, omitieron asistir a Diego Armando Maradona los días 24 y 25 de noviembre de 2020, a sabiendas de su delicada situación y con conocimiento que esa omisión podía provocar a su muerte”.
“Y, después. con la intención de ocultar su accionar, los dos enfermeros Madrid y Almirón, en connivencia con Perroni, consignaron falsamente en las hojas de enfermería, que el paciente había sido revisado en diversas oportunidades”.
Para los acusados, no hubo mala praxis. Maradona, dicen, se murió porque se tenía que morir dado su estado de salud.
“Cabe destacar el resultado de la autopsia practicada sobre el cuerpo de Maradona. Conforme se desprende de sus conclusiones, puede afirmarse sin ánimo de exagerar que el organismo se encontraba en un estado de colapso general. Escrito esto último con sorpresa (y con pena, desde ya) la compulsa de ese dictamen provoca esa impresión, desde el análisis pormenorizado que se realizó del estado de los órganos principales que todos y cada uno de ellos padecían gravísimas afecciones: su corazón, sus pulmones, su hígado, su riñón”, sostuvieron los abogados defensores del psicólogo Díaz, Diego Olmedo y Vilma Carluccio en la presentación donde se opusieron a la elevación a juicio propuesta por el Ministerio Público Fiscal.
“Fui convocado para prestar servicios como enfermero a domicilio. Desde el primer momento pregunté por la epicrisis del paciente, antecedentes, medicación, de lo cual no hubo respuesta. Los controles los plasmé en la hoja de enfermería, puse horario y parámetros del paciente. En todo momento el paciente se refirió hacia mí de manera cordial, y por momentos no quería que lo abordásemos, esto es, de controlarlo tan seguidamente. Así que, cuando ingresaba a la habitación, lo hacía con el personal de seguridad y su sobrino Jonathan. Esto fue en todo momento en que realice controles y que estuve en presencia del paciente. Nunca realicé controles solo”, explicó el enfermero Almirón en su declaración indagatoria.
Madrid, la otra enfermera que estuvo en la internación domiciliaria, sostuvo: “Si vamos al caso, el paciente no tenía indicación de controlar signos vitales. En un sanatorio, o en una clínica, el médico prepara todos los días una indicación, una dieta, horarios de control. Nosotros solo teníamos la medicación. Nada más. Había que hacer lo que el paciente quería si el paciente se dejaba tomar los controles. Todo según lo que el paciente quería o disponía. No había que molestarlo, no había que ingresar a la habitación, solo darle la medicación en tiempo y forma únicamente”.
Cuando fue indagado, Perroni dijo: “Desde el primer instante, mi función no fue la de tomar acciones médicas, sino de control de ingreso y egreso del personal. Cada informe que yo recibía de los enfermeros se lo transmitía a Forlini y solicitaba que me diera la notificación del día. Nunca recibí otra indicación médica que no fuera la de suministro de psicofármacos, de informar horarios y comunicar ante el caso de una necesidad alcohólica, si el paciente pedía alcohol o algo”.
Cuando fue indagada, Forlini aseguró: “Siempre estuve a disposición de ambos profesionales, para gestionar todo aquello que ellos consideraban necesario en el domicilio, pero el contacto siempre fue telefónico. Incluso en alguna ocasión, ofrecí, por ejemplo, enviar una ambulancia, cuando los enfermeros me comentaron un desarreglo dietético, pero ambos médicos tomaban las decisiones, y mi ofrecimiento en esa, y en otras ocasiones, fue rechazado”.
El psicólogo Díaz, en su extensa declaración indagatoria, afirmó: “Más allá de la tristeza enorme por el fallecimiento de Maradona, quiero destacar que luego de décadas de sufrimiento y esclavitud con los consumos, él pudo finalizar su vida libre de todo tóxico y comprendiendo que otra manera de vivir era posible”. Había llegado a atender a Maradona por medio del abogado Matías Morla, que lo convocó por la adicción del astro al alcohol.
Por su parte, Cosachov sostuvo: “La medicación psiquiátrica que se le administró al paciente fue consensuada con los distintos médicos de las clínicas Ipensa y Olivos, en las que Maradona estuvo internado, así como también por los médicos de la empresa de medicina prepaga que participaron en la toma de decisiones. Fue consensuada, respetada, y jamás ningún médico habló de posibles contraindicaciones o efectos adversos. Me parece importante remarcar es que el paciente estando nueve días internado en una terapia intensiva, controlado por 15 médicos y asesorados por un consultor, en ningún momento evidenciaron alguna patología cardíaca al alta del paciente”.
Para defenderse, Luque dijo en su indagatoria: ”Siempre respondí a los requerimientos acorde a la confianza en mi depositada, recurriendo a los especialistas necesarios en cada oportunidad, y verificando que se hiciera chequeos médicos. La muerte ocurrió en forma inesperada, imprevista, en las horas de sueño, sin brindar ninguna posibilidad de tratamiento. Del análisis de todo lo anterior no se advierte en mi accionar haber actuado en forma negligente, ni imprudente, ni con falta de pericia ni con falta de observación de mis deberes como médico. No hubo en mi accionar una violación al deber objetivo de cuidado que haya creado o aumentado un riesgo para el paciente, ni mucho menos, que tenga una relación de causalidad directa con el deceso. No se puede extender mi responsabilidad, por un infortunio sobreviniente”.
Por último, Di Spagna, el último de los imputados en el expediente, se defendió de las acusaciones. “El único rol que creo que cumplí es ir a hacer un informe. Cuando nos dicen si queríamos sugerir algo, en vistas a la manera que se alimentaba Maradona, sugerí lo del nutricionista. Porque consideré que era mala su alimentación. Las dos cosas que más le molestaban era no dormir y que estaba constipado. Creo ser un buen profesional, de hecho nunca pase por una situación así”.